Ranyer · Lo que curras, lo que cobras
Las horas extras: cuántas puedes hacer y cómo se pagan
Lo que dice la ley, en corto y con el artículo delante. Y al final, la parte que casi nadie tiene resuelta: demostrar cuántas hiciste.
¿Cuántas horas extras se pueden hacer al año?
El Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de 80 horas extraordinarias al año (artículo 35.2). No cuentan para ese tope las que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes, ni las que se hacen para prevenir o reparar siniestros y daños urgentes.
¿Se pagan más caras que una hora normal?
La ley dice que se pagan en la cuantía que fije el convenio o el contrato, y que en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria (artículo 35.1). Es decir: el mínimo es que valgan lo mismo, y muchos convenios fijan un recargo por encima. Hay que mirar el convenio del sector.
¿Pueden pagármelas con días libres en vez de dinero?
Sí, si así se acuerda. La ley permite compensarlas con descanso retribuido en lugar de abonarlas, y si no hay acuerdo se entiende que ese descanso se disfruta dentro de los cuatro meses siguientes a haberlas hecho.
¿Estoy obligado a hacerlas?
Las horas extraordinarias son voluntarias, salvo que se hayan pactado en convenio o en el contrato. Las de fuerza mayor —siniestros y daños extraordinarios y urgentes— son la excepción.
¿Mi empresa tiene que apuntar mis horas?
Sí. Desde mayo de 2019 toda empresa está obligada a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador, con la hora de entrada y la de salida, y a conservarlo cuatro años a disposición de la Inspección de Trabajo (Real Decreto-ley 8/2019). No vale una hoja que se rellena a final de mes de memoria.
El problema de verdad no es la ley: es la prueba
Casi todas las discusiones de fin de mes son la misma: tú dices una cifra, la empresa dice otra, y ninguno de los dos tiene delante las horas de cada día. Si tus horas viven en las notas del móvil, en un grupo de WhatsApp o en la cabeza del encargado, no hay conversación posible — hay dos memorias.
Ranyer es un cuaderno de horas para el que curra: apuntas la entrada y la salida, dices lo que cobras la hora, y sabes en todo momento cuánto llevas ganado. Sin cuenta de empresa, sin permisos y sin que nadie te vigile.
Esta página explica la norma general y no sustituye a tu convenio ni a un asesor laboral: los convenios pueden mejorar lo que dice la ley y casi siempre lo hacen. Referencias: Estatuto de los Trabajadores, artículo 35, y Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo. Un producto de NIEVO.